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Derechos que reconoce

La Ley 39/2006 recoge el conjunto de prestaciones económicas y servicios públicos que configuran la siguiente cartera de prestaciones dirigida a las personas con dependencia.

Las prestaciones en forma de servicios tendrán carácter prioritario y se facilitarán a través de la oferta pública de la red de servicios sociales de las comunidades autónomas respectivas mediante centros y servicios públicos o privados concertados debidamente acreditados.

La cartera de prestaciones incluye:

1. El catálogo de servicios:

    A. Servicios de prevención de dependencia y promoción de autonomía.

    B. Servicio de teleasistencia.

    C. Servicio de Ayuda a domicilio

    D. Servicio de Centro de Día y de Centro de Noche:

        - para personas mayores

        - para personas con discapacidad

        - Centro de Atención Especializada (centros de día, ocupacionales, hospitales de día)

        - Centro de Noche (en Cataluña no existe esta modalidad de recurso)

    E. Servicio de Atención Residencial

2. El catálogo de prestaciones económicas:

    A. Prestación para cuidadores familiares no profesionales.

    B. Prestación por asistente personal.

    C. Prestación vinculada a servicio privado:

        - residencia privada

        - SAD privado

        - Centro de Día plaza privada

La ordenación por el despliegue de la Ley de Dependencia en Cataluña ha supuesto la necesidad de establecer una serie de incompatibilidades y compatibilidades entre los diferentes servicios y prestaciones.


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